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AREAS PROTEGIDAS
El consenso general entre los investigadores es que la evolución de una nueva especie requiere centenares de miles de años; estudios recientes indican que el ritmo de extinción de las formas de vida del planeta ronda los 10.000 especies por año. En vista de ello entonces estamos presenciando lo que quizá es el empobrecimiento de la diversidad de la vida del planeta más vertiginoso de todos los tiempos. La mayor proporción de estas extinciones ocurre por destrucción del hábitat en países en vías de desarrollo.
Es una ironía del mundo actual que los países que poseen la mayor diversidad de flora y fauna son aquellos que se encuentran en las peores condiciones de protegerlas. Países o comunidades con economías severamente estresados como la Argentina, están bajo presión continua para el desarrollo de sus recursos naturales renovables en búsqueda de beneficios inmediatos.
La falta de programas de desarrollo que contemplen medidas eficaces de conservación de los recursos renovables lleva a su inexorable depredación y agotamiento.
Salvaguardar la integridad de esta interacción (hombre/naturaleza) tradicional es esencial para la protección, el mantenimiento y la evolución del sistema. Porque es indiscutible que esta autodestrucción se producirá a partir de la degradación del medio natural.
La creación de áreas naturales protegidas, por parte de los gobiernos, no fue una casualidad. Enfrentados ante una civilización que irresponsablemente va camino a destruir el Planeta, no hubo otra opción que tomar medidas necesarias tendientes a preservar el patrimonio natural, en principio definiendo tres funciones: Conservación de la biodiversidad y de los ecosistemas; Desarrollo económico y social ecológicamente sustentable, e Investigaciones Científicas, Áreas Demostrativas, Educativas y de Recreación.
La historia de la creación de reservas naturales data de mucho tiempo, ya los antiguos chinos e hindúes fueron los primeros en cerrar campos para evitar la desaparición de plantas y animales que consideraban delicados
Luego, el concepto fue adaptado a su gusto por los señores feudales de Europa, que protegieron sus bosques para preservar un stock renovable de presas de caza y penalizaron toda actividad furtiva de los campesinos.
Pero podemos tener como fecha histórica para esta nueva concepción, a 1861, cuando mediante un decreto en Francia, crea la primera reserva natural reconocida: el bosque de Fontainebleau, de 624 has.
Pero recién a partir de 1872, se puede decir que nacen las reservas de gran extensión, con la creación, en Estados Unidos, del primer parque nacional, Yellowstone. Canadá fue el segundo país americano que se plegó a esa novedosa tendencia creando el Parque Nacional Bauff en 1885. Argentina, fue el tercero de América en crear un Parque Nacional, el 1 de febrero de 1904 por decreto del presidente Julio Argentino Roca, en la zona del lago Nahuel Huapi, en base a 7500 hectáreas donadas en 1903 por el perito Francisco Pascasio Moreno y luego aumentadas a 43000 hectáreas. De esta manera comienza en nuestro país, a partir de este parque, una serie de concreciones en cuanto a protección de áreas naturales.
Pero es muy común que a la hora de definir estas áreas, llamemos a todos de igual manera, por eso la idea de este articulo es citar y definir correctamente el significado de aquellas zonas que poseen un determinado grado de protección con el fin de que en nuestros recorridos turísticos podramos diferenciarlas.
Áreas Naturales:
Son aquellas áreas con cierto grado de transformación en su condición natural, en las que se privilegia la convivencia armónica entre las actividades productivas del hombre y el mantenimiento de ambientes naturales con sus recursos silvestres. Se trata de zonas apropiadas para la producción ganadera, forestal, de fauna de valor comercial, etc.
Las citadas reservas pueden además funcionar como áreas de amortiguamiento (también conocidas como zona buffer). Estas zonas están ubicadas en el entorno a una unidad de conservación donde las actividades humanas están sujetas a normas y restricciones específicas con el propósito de minimizar los efectos negativos sobre la misma.
Reservas Naturales:
Estas áreas estarán administradas de manera asegurar como objetivo prioritario la protección de todo el material genético de flora y fauna autóctonas, de las principales características fisiogeográficas, de las bellezas escénicas, de las comunidades bióticas y del equilibrio ecológico. Pero, a diferencia del parque nacional, con el que habitualmente estas áreas colindan, cumpliendo una función de amortiguación o transición entre el mismo y las áreas extrajurisdiccionales, en las reservas se permiten ciertas actividades productivas, con sujeción a la autorización, reglamentación y fiscalización del organismo de aplicación.
Reservas de Uso Múltiple:
Esta categoría es absolutamente novedosa en nuestro régimen nacional de áreas protegidas. Su función primordial es conservar ciertas especies y comunidades naturales productivas y autóctonas de una región. Todo el régimen que habrá de establecerse respecto de ellas permitirá desarrollar experiencias de convivencia armónica entre actividades productivas de especies y comunidades nativas que se quieran preservar y, en algunos casos, aprovechar con un enfoque conservativo a perpetuidad.
Refugios de Vida Silvestre:
Estarán destinadas a preservar determinados reservorios genéticos de interés público. En este caso no es tan importante el tamaño del área, o la artificialización del medio, mientras determinadas comunidades o espacios de flora y fauna silvestre puedan perpetuarse a través de planes especiales.
Monumento Natural Nacional:
Área o especie que contiene una o más características naturales o naturales/culturales específicas, de valor destacado o excepcional por su rareza implícita, sus calidades representativas o estéticas o por importancia cultural.
Parque Nacional:
Área protegida creada para: a) proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas para las generaciones actuales y futuras, b) excluir los tipos de explotación u ocupación que sean hostiles al propósito con el cual fue designada el área, c) proporcionar un marco para actividades espirituales, científicas, educativas, recreativas y turísticas, compatibles desde el punto de vista ecológico y cultural.
Zona de Veda:
Zona de restricción que implica la interrupción durante un período de tiempo de las actividades.
Reserva de Biosfera:
Comprende ejemplos representativos de biomas naturales, comunidades únicas, ejemplos de paisajes armónicos de aprovechamiento de la tierra y ecosistemas. No estrictas (no excluyentes de la actividad humana).
Sitio del Patrimonio Mundial: Sitios de valor universal excepcional, que merecen ser conservados a perpetuidad. No estrictas (no excluyentes de la actividad humana).
Mejorando la capacidad de administración, las estrategias de operación de las áreas, construyendo nuevas alianzas con un rango variado de actores: comunidades locales, pueblos originarios; prestadores turísticos, el sector forestal, la minería y los sectores de desarrollo tecnológico y analizando los vínculos entre las Áreas Protegidas y el desarrollo sustentable, se podrán conservar las existentes y generar nuevas extensiones protegidas que posibilitaran mantener la integridad ecológica en el presente y en el futuro.
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